HOMENAJE A LOS 150 AÑOS DE LA FUNDACIÓN DE CASTILLOS
Aníbal Barrios Pintos
He aquí un pueblo feliz. Una pequeña ciudad uruguaya, culta, de intensa actividad social, con sus escuelas primarias e industrial, su liceo, sus bibliotecas, su amor por la música y las demás artes que ennoblecen el ejercicio del espíritu. He aquí, una colectividad celosa de su destino, que presiente claro y fuerte: hoy, centro de una importante concentración de progresistas establecimientos pecuarios; mañana, quizá por tal entorno es la zona de mayor porvenir turístico de nuestro país, cuando el turismo se oriente en forma racional y no se canalice en una sola dirección.
Cuando se publiciten debidamente los monumentos arqueológicos regionales, engarzados en el paisaje como joyas berroqueñas; el camino a Los Indios, flanqueado por un ejército de espigadas palmeras, o las sierras de la Carbonera; cuando el turista uruguayo o extranjero abandone las rutas nacionales y descubra deslumbrado una de las más grandes asociaciones de ombúes del mundo – quizá la mayor – a orillas de la laguna de Castillos; los corrales de palmas regionales, vestigios de nuestro pasado pecuario, uno de ellos el de mayor dimensión existente en el país; los barcos hundidos que el océano arrojó en el arenal desierto; la larga avenida de balnearios empapados de impetuoso oleaje y salada espuma; la dormida extensión de la Laguna Negra; las altas dunas de Balizas y Polonio, paisajes que permanecen aún como en épocas de la prehistoria arachana y de faeneros, changadores y corsarios; la isla que diera su nombre a la región, donde desde tiempo inmemorial se oyen los rugidos y los gritos de los lobos marinos. Y marginándolo todo, “las palmas heráldicas”, que endulzan la vida y todo el ámbito telúrico, joya irremplazable de la naturaleza sobre el telón de fondo de los cielos castillenses.
Quizá sea ese el momento en el que este país que desdeña el mar, pero que posee en Rocha una de las zonas del mundo de mayor entidad y calidad de pesca, aproveche su incalculable riqueza ictiológica, con estímulo para los pescadores profesionales, hoy sin leyes sociales que amparen la dureza de sus vidas; épocas en que se habrán seguramente recuperado los territorios inundables de los bañados rochenses, dejando aptas 400.000 hectáreas saneadas y bajo riego, obra de excepcionales posibilidades económicas, felizmente en estudio en la actualidad.
Entonces quizá podamos comprender mejor la hospitalidad fraterna del hombre castillense, lleno de amor por la naturaleza que lo abraza, a la que aprecia un nuevo encanto en cada encuentro.
OJOS VIGILANTES EN LA FRONTERA
El gobierno del presidente Don Bernando Berro promovió la fundación de varios centros poblados sobre el límite del Brasil, en un esfuerzo por contener en la frontera política, la frontera socio-económica, de incesante desplazamiento hacia el interior patrio: Pereira (1860) sobre la confluencia de los arroyos de Hospital y San Luis; Juncal, en la frontera de Aceguá (1863); Ceballos (1862) hoy Rivera, frente a la población brasileña de Santa Ana de Livramento; Lavalleja (1860) sobre el Arapey Chico; el restablecimiento de Belén (1862) en la costa del Uruguay entre los arroyos Bopicuá y Yacuy; y Colón (1862) en la jurisdicción de Castillos, en el entonces departamento de Maldonado.
La densa población existente en este último paraje determinó a los diputados departamentales Juan Francisco Pagola, Manuel M. Aguiar y Estanislao Uriarte, interpretando la aspiración vecinal, a presentar con fecha 28 de marzo de 1862 el siguiente proyecto de ley a la Cámara que integraban:
“Artículo 1º. Se creará un pueblo en la jurisdicción de Castillos, departamento de Maldonado, que se denominará Colón, sobre un área superficial de dos leguas cuadradas.
Artículo 2º. El Poder Ejecutivo mandará delinear el nuevo pueblo en solares y chacras, por una comisión, asociada a la Junta Económico Administrativa del departamento.
Artículo 3º. Autorízase al Poder Ejecutivo para la expropiación del terreno de que habla el Art. 2º.
Artículo 4º. Queda igualmente autorizado el P. E. para la construcción de una iglesia bajo la advocación de Nuestra Señora del Pilar.
Artículo 5º. El Poder Ejecutivo mandará construir los demás edificios que demanden las necesidades públicas, dando cuenta al Cuerpo Legislativo o a la Comisión Permanente.”
UN DOCUMENTO QUE HONRA AL VECINDARIO DE CASTILLOS
Curiosamente, dos meses después, quizás inspirado en el deseo de agilitar los trámites burocráticos, el Sr. Antonio Acuña, hacendado de la zona, invistiendo la representación de los vecinos de Castillos, presentaba el siguiente petitorio ante la Cámara de Representantes, en sesión del 20 de mayo del mismo año, proponiendo donar el terreno para la formación del pueblo: “Don Antonio Acuña, en representación del vecindario de Castillos, Departamento de Maldonado, según aparece del documento que presento.
Ante V. H. como mejor proceda digo: que persuadidos mis poderdantes de la necesidad de una población en aquel lugar importante por las razones que detalladamente se encuentran manifestadas en el poder, me han autorizado para pedir a V. H. se sirva decretar un pueblo en aquellas inmediaciones bajo las condiciones siguiente:
Primera: Mis poderdantes sufragarán los gastos de la expropiación (con el beneficio de utilidad pública) del terreno para la población, cuyo local será, el que a juicio de mis poderdantes mejor se preste a la comodidad de todos.
Segunda: Los gastos de la delineación y demarcación del Pueblo serán hechos por cuenta de mis poderdantes, designándose el local para plaza, templo y demás oficinas públicas que serán donadas al Estado sin retribución alguna.
Tercera: Que el P. E. luego de principiada la población la provea del párroco y demás empleados para el servicio público”
Agregaba Acuña con elevado sentido patriótico: “V. H. debe estar persuadida de la necesidad que se siente de la erección de centros de población a inmediaciones de la frontera para robustecerse la nacionalidad Oriental y mucho más, cuando, como en este caso se secunda el pensamiento desinteresado de mis poderdantes”.
En cuanto al documento al cual se refiere Acuña, es el siguiente: “Considerando: 1º Que los males que sufre la Jurisdn tienen por causa principal la falta absoluta de educación en la juventud que se forma lejos de todo contacto con una sociedad que pueda influenciar su ánimo con los buenos ejemplos;
2º Que en vano será castigado el juego, el robo y el asesinato, si no se preparan los ánimos de los niños que hoy se crían en esa escuela connaturalizándose desde la infancia con el vicio, si no nos preparamos para evitar esos castigos por medio de la buena educación.
3º Que de la reunión de nuestras familias vendrá, no sólo la mayor garantía a nuestros intereses y vidas, sino la facilidad de propender más cómodamente y sin mayor sacrificio, al remedio de esos males, ya con la mejor educación y buen ejemplo, como en la educación que se dará a los que mañana deben ser el sustentáculo de nuestra ancianidad y regir los destinos de la jurisdicción a que pertenecen.
4º Que a los beneficios que obtendrían el vivir reunidos, se agregará una oficina de papel sellado, de Policía, de Contribución Directa, una capilla y una escuela; es por estas razones que los abajo firmados autorizamos a don Antonio Acuña para que a nuestro nombre y solicitud recabe de quien corresponda el permiso para formar una Pueblo y determine el local que considere más a propósito y central, a fin de que se preste mejor a la comodidad de todos”.
Suscribieron este sencillo y hermoso documento los siguiente vecinos: “A ruego de Dimas Rodríguez, Liberato Fajardo; Natalio Molina; Aniceto de Sova; Prudencio Rocha; Dionisio González; Ignacio Rocha; Andrés Díaz Teurerio; José Sánchez; Abelino Molina; Agustín Plá; Samuel Rocha; a ruego de Hipólito San Martín, Dionisio González; Serafín Rocha; Serafín Eugenio Rocha; a ruego de José Joaquín Rocha, José Ilario Sequeira; José Ilario Sequeira; a ruego de Juan Mota, Dionisio González; a ruego de Onorio Molina, Teodolindo Acosta; Delfín Antonio Rocha; Juan Ignacio Rocha; a ruego de Ángel Baldubino, Eleuterio Acosta; Eleuterio Acosta; a ruego de Julián Olivera, Manuel Villasuso; a ruego de Manuel Molina, L. Fajardo; Luciano Rocha; a ruego de Félix Molina, Calletano Molina; Calletano Molina; Joaquín Acosta, Justo Molina; a ruego de Tiodoro Molina, Calletano Molina; José Rodríguez Ramos; Ambrosio Acosta; Braulio Plá; José Ferreira Braga; a ruego de Manuel Funco, José R. Ramos; Martín Rocha; Juan María Silvera; Telésforo Molina y Lucas Pisani.”
VECINOS CUYO NOMBRE PERDURAN
PEDRO AMONTE
El 27 de setiembre de 1869 naufragó la barca de bandera inglesa “Bessie Stanton”, en el Polonio, salvándose toda la tripulación. Entre ellos llegó D. Pedro Amonte, alemán, que había sido practicante de medicina en Francfort. Luego de haberse establecido con comercio, ocupó desde 1875 a 1893, el cargo de secretario de la Comisión Auxiliar de Castillos. Fue también telegrafista durante muchos años. Fundó la Biblioteca Municipal, inaugurada solemnemente en octubre de 1880. En 1883 trajo una pequeña imprenta, recibiendo lecciones de tipografía de Julio Molina. A fines de 1889, a su iniciativa se creó la Banda de Música de Castillos, que dio su primera retreta el 1º de enero de 1890, con la dirección del maestro Ceschino.
Fue también fotógrafo, salvando la imagen de Castillos de sus primeras épocas. Con los conocimientos de medicina que poseía, ejerció un generoso ministerio entre quienes debieron recurrir a él. Casado con Doña Bernardina Olivera, fue padre de numerosos hijos castillenses. Se ha dicho que “su gran inteligencia fue como una antorcha que expandió luz sobre la mente de los sencillos habitantes de Castillos”. Una calle de la ciudad centenaria recuerda su nombre. Falleció el 10 de enero de 1917, a los 74 años de edad.
JUAN FERRER Y DURALL
Natural de Lloret del Mar (Cataluña) nació el 23 de abril de 1856 y hacia el año 1872 llegó al Uruguay estableciéndose en la zona de Castillos, donde fue maestro rural. Después de 1890 y hasta 1925 fue comerciante de ramos generales en este pueblo. Integró la Sociedad Española “2 de Mayo”, de la cual fue uno de sus fundadores en 1891. Presidió la Comisión Auxiliar de Castillos en los años 1892 y 1893 y fue uno de los fundadores de la Biblioteca Castelar, en 1899. Hombre de vasta cultura redactó en 1880 un estudio histórico-filosófico, aún inédito, que tituló “Ensayos sobre el hombre”. Falleció el 10 de setiembre de 1936.
OTROS PIONEROS
(Según la versión de Doña Orfilia Faget, recientemente fallecida a los 90 años de edad y de Don José Díaz nacido en Castillos el 28 de abril de 1882, cuyos ascendientes se establecieron en la zona desde 1843).
Jaime Servera, fue el primer panadero. En los comienzos del pueblo, cada familia elaboraba su propio pan. Fueron también los primeros en establecerse en el pueblo: Benicio González, carnicero; Juan y Santiago Andreoli, albañiles; Juan Juaní, peluquero; Enrique Faget, herrero; José Aldaya, carpintero; José Caprio, sastre, (Epifanía Pérez de Faget confeccionó ropas masculinas hasta la llegada de Caprio); Domingo Torrás fue el primer sacerdote; Floro Benítez, el primer hotelero; Braulio Valet, el primer droguero; Domingo Villasuso y Pedro de los Ríos, de los primeros en establecerse con comercio.
Hasta la llegada del primer médico, Dr. Martínez a quien siguió el Dr. Pedro Cervini, brindó su amparo científico a la población Don Pedro Amonte. Anteriormente esas funciones eran ejecutadas por la curandera Olegaria Pérez.
FRUSTRADO INTENTO DE FUNDACIÓN
La discusión parlamentaria del 16 de julio de 1862 de dicho proyecto de ley, ocasionó un largo debate, no ocultando los diputados por Maldonado el disgusto que les produjo la presentación del petitorio vecinal por intermedio del Sr. Acuña.
El diputado Uriarte expresó por otra parte que como no estaba indicado en el proyecto, el emplazamiento del pueblo podría fijarse para que así los vecinos tengan leña y agua para todos los usos necesarios, “en una de las márgenes del arroyo Castillos y en la distancia que media entre la barra de éste y la cuchilla de los Molinos”.
El nombre del pueblo fue asimismo discutido: el legislador Díaz manifestó su conformidad por la denominación de Castillos; el diputado Turreiro a su vez se opuso al nombre Ituzaingó, que fuera propuesto por la Comisión informante a cuyo estudio pasó la petición del Sr. Acuña, “por ser un hecho de armas que a los brasileros debe humillar”. No conviene -agregó- que se ponga ese nombre al pueblo proyectado, mucho más cuando dista corta distancia del pueblo brasilero de Santa Victoria del Palmar (100 km. exactamente).
Finalmente triunfó la denominación de Colón, propuesta por los primitivos autores del proyecto. El 28 de junio de 1862, el Senado y la Cámara de Representantes de la República reunidos en Asamblea General decretaban:
“Art. 1º En jurisdicción de “Castillos”, departamento de Maldonado, y en la localidad más apropósito a juicio del P. E. se creará un pueblo que se denominará “Colón” sobre un área superficial de una legua cuadrada.
Art. 2º Autorízase al P. E. para expropiar, en caso necesario por razón de utilidad pública, el terreno que expresa el art. anterior.
Art. 3º El P.E. mandará delinear y dividir el nuevo pueblo en solares y chacras.
Art. 4º El mismo mandará construir los edificios que sean necesarios, incluyendo su importe en el Presupuesto Gral. de Gastos.
Art. 5º Remítase al P. E. la solicitud del Sr. Acuña para que resuelva lo que estime conveniente.
Art. 6º Comuníquese, etc.
Sala de sesiones del Senado, en Montevideo a 28 de 1862.
Jn Ato de la Bandera Juan Fco. Giró
Secretº Vicepresidente”
El 4 de julio de 1862 con la firma del presidente Berro y la del ministro de Gobierno, Antonio María Pérez, se creaba el pueblo Colón.
Días antes, el diario montevideano “La Reforma Pacífica”, en su edición de fecha 26 de junio, “deseando contribuir a la mejor elección del lugar en que deba fundarse el pueblo, fundamentaba en estos términos su emplazamiento en el puerto de Castillos, formado por el promontorio de Buena Vista, visible de 20 millas de distancia, la Isla Seca situada al E. de dicho promontorio, y la Barra de Balizas.
La localidad no poder ser más aparente para el comercio marítimo, pues su situación aventajada la coloca en inmediato contacto con los departamentos de Maldonado y Minas y con las posesiones brasileras que bordean la laguna Merim. Para facilitar el comercio con éstas, podría concedérsele el tránsito como se ha concedido ya a Paysandú y Salto.
La proximidad de las tierras altas de Maldonado y Minas facilitaría el embarque de los productos minerales que tanto abundan en ambos departamentos, haciendo menos elevados los fletes que hoy impiden su explotación. La del inmenso Palmar de Castillos le proporcionaría abundancia de combustible, que también se halla en los bosques que rodean la laguna de Don Carlos, y daría nueva vida a la industria, que ya estuvo planteada, de extracción del aguardiente de palma. Los terrenos adyacentes son adaptados a toda clase de cultura, pudiendo sembrarse pinos en las playas del Océano.
La población en ese distrito es bastante compacta, lo que sin duda favorecería la plantación de la agricultura, que hoy no tiene objeto allí por la carestía de los transportes, y el desenvolvimiento del comercio.
El establecimiento de saladeros en esa costa será la consecuencia natural e inmediata de la habilitación de ese puerto para el comercio exterior, contribuyendo a fomentar ese comercio, así como la ganadería de los departamentos que le quedan próximos.
Abundan los más deliciosos peces en toda esa costa. Se acostumbraba, y creemos que todavía continúa la costumbre, hacer todos los años una gran pesquería de corvinas negras, salando la mayor parte el consumo del invierno. Esta pesca y salazón podría hacerse en grande escala y formar un nuevo ramo de comercio encontrando mercados en el Brasil, donde mucho se consume; en la isla de Cuba que lo compraría para alimento de los esclavos en lugar del bacalao, y tal vez en Europa.
Se ve –finalizaba el articulista de “La Reforma Pacífica”- por todo lo expuesto, que hay conveniencia en que el nuevo pueblo de Colón se funde en el promontorio de Bella Vista (léase Buena Vista), con preferencia a las otras localidades designadas por los vecinos de aquella jurisdicción, que sin duda no han tenido en vista las circunstancias que militan en favor de nuestra opinión”.
Por otro documento de fecha 2 de setiembre de 1862 que ha llegado a nuestro conocimiento por gentileza del Presb. Lauro Nogal, actual párroco de la ciudad de Castillos, quien lo ubicara en el obispado de Minas, se solicita al vicario apostólico de la República, la venia para establecer un altar portátil en la jurisdicción de Castillos, dependiente de la Parroquia de Rocha, “en una cómoda sala que cede el Sr. Diputado Don Juan Fco. Pagola evitándose así “el inconveniente que a cada paso se presenta de celebrarse bautismos y matrimonios en lugares poco aparentes”. Asimismo “se lograría que muchas personas que llevan sus hijos a bautizar al Brasil, lo harían en Castillos” pues el hacerlo en Rocha “les es imposible por las molestias y dispendios que trae aparejado un viaje”.
Finaliza su correspondencia el cura vicario de Rocha expresando: “El infrascripto ha tenido ocasión de ver el numeroso vecindario que cuenta aquel distrito, y desconfiando que la realización del pueblo sancionado por las H. H. C. C. no se efectuará tan pronto por los pocos recursos del erario para disponer con destino a las primeras obras, conceptúa una necesidad urgentemente reclamada, la del establecimiento del altar cuya venia deja solicitada”.
Pero, ni el pueblo fue creado de inmediato ni la capilla o el altar portátil, ya que los acontecimientos de la época –la revolución florista- interrumpieron toda posibilidad de cumplimiento de la ley.
EL HOMBRE DECISIVO: HERMÓGENES TRIFON FORMOSO LÓPEZ
Otros dueños tuvieron en el transcurso del tiempo los campos que fueron propiedad, desde 1793, de Manuel González.
Según escritura otorgada ante el alcalde ordinario de Rocha, Sr. Pedro Miranda vendió a Hermógenes L. Formoso, dos fracciones de terreno sito en la sección de Castillos, que originariamente pertenecieron a Manuel González. Una “en la que posee una casa de teja” la hubo por compra a Félix González según escritura que les otorgó ante el Juez de Paz de dicha sección el 19 de junio de 1854 y la otra, de Doña Saturnina Vera, viuda de Justo Cabrera, en 19 de octubre del mismo año y por ante el mismo Juez de Paz. En estos campos donde a fines de 1865 sólo existía una casa de teja, según este documento, se levantaría sobre una pequeña colina, la hoy ciudad de Castillos.
Don Hermógenes Trifón Formoso López (acostumbraba a firmar como Hermógenes L. Formoso), su fundador, había nacido en Maldonado el 19 de abril de 1825, falleciendo en Montevideo el 7 de diciembre de 1894. En su larga actuación política, desempeñó los cargos de oficial de milicias, hallándose en varias acciones de guerra, fue Juez de Paz, Alcalde Ordinario y Presidente de la Junta Económico Administrativa de Maldonado, diputado y senador de la República.
Dotado de avanzadas ideas para aquella convulsa época, fue uno de los primeros que en el interior de la República fraccionó sus tierras para venderlas en solares, conviniendo así con los vecinos de la jurisdicción de Castillos erigir un pueblo, en el ámbito donde los guenoas habían participado en el mundo rudo y bravío de las vaquerías del mar junto a los jesuitas; en la región donde en 1752 españoles y portugueses dejaran en la contradanza por primera vez bailada en nuestro territorio, las primitivas formas coreográficas del folklore rioplatense; en tierras reintegradas en 1763 al pendón morado de Castilla, por el valeroso ímpetu de Don Pedro Antonio de Ceballos; en lugares por donde un día cruzara el Prócer, Don José Artigas, en su primera comisión como Blandengue; en el antiguo “partido de Castillos”, donde sus vecinos, tuvieron el insigne honor, compartiendo la gloria con los demás pueblos orientales, de participar en el solemne juramento de la Constitución de la República.
EN EL AUTÉNTICO COMIENZO
Iniciando las correspondientes gestiones ante la Comisión Auxiliar Económico-Administrativa de Rocha, manifestaba con fecha 28 de diciembre de 1865: “Que he convenido con los vecinos de la jurisdicción de Castillos, en dividir en solares y permitirles construir un pueblo en un terreno de mi propiedad, sito en aquella Jurisdicción en el cual además de las Oficinas Públicas se debe construir una Capilla, una casa para Escuela, otra para Juzgado de Paz y otra para comisaría.
La creación de pueblos hacia nuestra frontera que la nacionaliza es no solo una necesidad política unánimemente reconocida, sino que tratándose de la jurisdicción de Castillos, en la cual la sub-división territorial de la propiedad ha excedido todo cálculo en estos últimos años, al extremo de quedar en algún punto reducidas en pequeñas quintas, es además de convivencia tan notoriamente reconocida que juzga inoficioso aducir ante uds. mayores razones para probar la suma utilidad que el pensamiento del vecindario de Castillos, llevado a cabo, reportaría a aquella jurisdicción del Departamento y de la República.
Sólo es del caso añadir que el vecindario de Castillos se proporcionará el terreno en que deba fundarse el pueblo, que se proporcionará Capilla y casa para Escuela, Comisaría y Juzgado de Paz, con sus solos recursos sin acudir por ahora el Erario Nacional que juzga, a consecuencia de la Guerra actual, cargado de preferentes atenciones.
Para llevar a cabo tan útil como benéfica empresa corresponde que uds como encargados del fomento de todo cuanto corresponde a las conveniencias públicas y adelanto material de esta jurisdicción se digne prestar su venia al vecindario de Castillos y al exponente, a fin de ocurrir con ella como corresponde en solicitud de los demás recaudos que en tales casos son de hacerse. Es justicia y S. S.
Otro sí digo: Que el nombre que han unánimemente adoptado los vecinos para el Pueblo es el de SAN VICENTE MÁRTIR, y que las mismas disposiciones vigentes en los demás pueblos de la República, regirán en el que se proyecta en Castillos. Es también justicia que juro S. S. Firmado: Hermógenes López Formoso.
Otro sí digo: Que la población de Castillos no piensa separarse en lo espiritual de la dependencia del curato de Rocha para lo cual ya están de acuerdo con el cura párroco de esta villa: Firmado: Hermógenes López Formoso.”
La Comisión E. Administrativa de Rocha, con fecha 28 de diciembre de 1865, elevó este petitorio al Sr. Cura Párroco de esta villa, expresando con la firma de su presidente Santos y el secretario Emilio Caballero, que “evacuado se proveerá”. Después de los informes correspondientes ante las gestiones de erección de la capilla, el Poder Ejecutivo dictó el siguiente decreto:
“Montevideo, Junio 16 de 1866. No habiendo inconveniente alguno de parte de la Vicaría Apostólica del Estado y de conformidad con el dictamen fiscal, autorízase a Don Hermógenes L. Formoso para la creación de una capilla en terreno de su propiedad situado en la jurisdicción de Castillos debiendo ponerse de acuerdo con la Comisión E. A. del Departamento para que coopere a tan importante obra en cuanto lo sea posible.
Transcríbase la presente resolución a la expresada Comisión y devuélvase estos antecedentes al interesado agradeciendo su celo piadoso.
ZORRILLA” (D. Daniel Zorrilla, ministro del Dr. Francisco A. Vidal, Gobernador delegado, interinamente encargado del Poder Ejecutivo por ausencia del Gral. Venancio Flores que comandaba los ejércitos nacionales en la Guerra del Paraguay)
Es prácticamente imposible determinar el instante exacto en que comienza la existencia de la gran mayoría de los pueblos que se desarrolla fuera de la órbita de la iniciativa oficial, circunstancia agravada en el caso de Castillos, por la situación política de la época.
Teniendo en cuenta la carencia, hasta el momento, de otros testimonios documentales que permitan fijar con precisión la fundación, tales como la delineación de la planta urbana y elección de predios para edificios públicos, la Comisión Pro Centenario de Castillos integrada por empeñoso y calificado núcleo de vecinos presididos por el Escribano Israel Uriarte, con motivo de dicha celebración, determinó culminar los festejos conmemorativos, brindado su aprobación a la tesis del autor de este trabajo, en la fecha -16 de junio- en la que el Gobierno Nacional autorizó la erección de la capilla, iniciando así tácitamente el proceso fundacional de la villa.
BREVE NOTICIA DE LOS TIEMPOS INICIALES
Según Francisco J. Ros dicha capilla, que posteriormente quedó en olvidado proyecto, se planteó bajo la advocación de San Vicente Mártir, en homenaje a la amistad que vinculaba a Formoso con el presidente en aquel entonces de la Comisión Auxiliar de Rocha, Don Vicente M. Piñeiro. Con este nombre se conoció el incipiente caserío inicial; también por San Vicente de Castillos.
Afirma el Sr. Juan Ferrer y Durall, que llegara a nuestro país, desde España, con 16 años de edad, hacia 1872 según referencias familiares, en comunicación enviada al “Diccionario geográfico del Uruguay” de D. Orestes Araújo (edición del año 1900), que el 19 de abril de 1866, fue colocada la piedra fundamental de dicha capilla.
No hemos podido comprobar este hecho, documentalmente. Sólo hemos ubicado un expediente en el Archivo del Consejo Departamental de Rocha (cajón 16, Exp. Nº291), de fecha 30 de junio de 1884, dirigido al Presidente en aquel entonces de la Junta E. Administrativa del Departamento, Don Vicente Mª Piñeiro, que dice a la letra: “Ha llegado el momento de dotar a este pueblo del templo proyectado hace cerca de 15 años, cuyos cimientos se encuentran ya construidos”. A su vez, en la segunda sesión que realiza la Comisión Auxiliar de San Vicente, el 13 de agosto de 1876 (f. 7 del Libro de Actas, Período Mayo 14 de 1875 a Noviembre 19 de 1919), se da cuenta de una nota del Juez de Paz, “acompañado de un Libro Padrón de que cuando se pusieron la primera piedra para la construcción de una Capilla de este pueblo, de cuyo Padrino verdadero fue el Doctor Don Francisco Antonio Vidal, representado por el Coronel Don Sandalio Ximénez y en lugar de éste, el Señor Don Natalio Molina”.
Habiendo sido ascendido a coronel Don Sandalio Ximénez, el 11 de octubre de 1870, y ejerciendo el Poder Ejecutivo en aquellos tiempos Don Francisco Antonio Vidal, -contemporáneo de Formoso e hijo de Maldonado como él- muy probablemente, en esa época, se haya colocado la piedra fundamental de la primera iglesia castillense, que hacia 1884, sólo sus cimientos se encontraban construidos.
Los primeros vecinos de la naciente población fueron, según el mismo vecino castillense Ferrer y Durall: Don Pedro Amonte, Félix González, Juan de Souza Pintos, Lisandro Freire, Agustín Plá, los hermanos Teodoro, Telésforo y Cayetano Molina y Carlos de Rossi. (Este último figura con hotel en 1890).
A su vez en un artículo periodístico “Un antiguo vecino” afirma que después de dos lustros de la creación del pueblo, existían los edificios siguientes: de las señoritas Formoso, radicadas en Rocha y que ocupaban dos Escuelas, dirigidas por Don Juan Zubía, la de varones y por Doña Juana Moya, la de niñas; de Francisco González, Pedro Amonte, Indalecio Núñez, Juan de Souza Pintos, Maisterra y Querejecta, Bautista Oyarzabal, Braulio Rocha, Juan Andreoli, Ramón Sayavedra, José Rodríguez Ramos, Antonio Baladón, Telésforo, Teodoro y Cayetano Molina, Remedios M. de Rodríguez, Hermógenes López Formoso, Ángel González, Honorio Molina, Félix González, Benicio González, Ventura G. de Cabrera, Adolfo Olivera, Urbana Sánchez, José Cambre y Remedios Ojeda, existiendo el año 1877 siete casas de comercio de pertenencia de los señores Pedro Miranda, Ramón Sayavedra, Juan de Souza Pintos, Llana y Llantada, Manuel Villasuso, Rubio y Ubal y Pedro Ríos.
Los terrenos de San Vicente Mártir fueron vendidos inicialmente por Formoso, con arreglo a un plano levantado por el Agr. Don Jaime Juanicó, que no hemos podido ubicar. Las más antigua escritura de propiedad de dichos terrenos que hemos tenido oportunidad de examinar, es la correspondiente a Don Juan A. Pintos que adquiera 12 solares de la manzana número 3 y otros 12 solares de la manzana número 6, compuesto cada solar de veinte varas de frente que forman 17 metros con 80 milímetros, con cuarenta varas, igual a 34 metros 360 milímetros de fondo, cada solar, “según resulta de la escritura que el expresado Formoso le otorgara ante el escribano Don Juan Francisco Castro en la ciudad de Montevideo, con fecha 24 de febrero de 1871. Pintos, a su vez, vendió a Don Cayetano Molina, el 7 de junio de dicho año, en la suma de cien pesos, el solar esquinero de la manzana tres, correspondiente en la actualidad a la propiedad de Don Diego R. Shannon, situado en las calles 25 de agosto y 18 de Julio, frente a la Plaza Artigas. En la época -año 1871- ya se habían destinado los predios para edificios públicos.
El apellido Molina, que persiste en sus descendientes, en la actualidad, es uno de los más antiguos de la zona. Ya en 1778, Vizente Molina, “soldado del fixo”, ofició de padrino, conjuntamente con su mujer Ana Machado, en la ceremonia de bautizo de Francisco de los Santos, hijo legítimo de dos indios guaraníes. A 7 kmts. de Castillos, camino al Chuy por la Angostura, un Palmar es tradicionalmente conocido por dicho apellido.
Según el plano del agrimensor don Manuel Saiz Álvarez, de fecha diciembre de 1907 (Formoso menciona otro plano que está haciendo levantar por el agrimensor Don Pablo Mata, en sesión de la Comisión Auxiliar de San Vicente de fecha 14 de enero de 1877) las calles del pueblo en la época, tenían la siguiente denominación: Calle Nueva (hoy Rocha), Miranda, de Rocha (actual 19 de abril), Molina (hoy Don Pedro Ferrer), González (actual 25 de agosto), Sena, Amonte y Palmar.
Atravesaban dichas calles las de Francisco Silva, Villasuso, Freire, Núñez (hoy González), Porvenir (hoy Núñez), Progreso (actual Molina), Polonio e Ituzaingó.
A partir del 3 de mayo de 1909, cuando recién el Poder Ejecutivo, con la firma del presidente Williman, declaró salidos del dominio fiscal, en favor de sus poseedores, en favor de sus poseedores, los terrenos (138 ventas habían realizado Hermógenes e Ismael Formoso) de las setenta y siete manzanas en que se hallaban dividido el pueblo, fue declarado Villa con la denominación de Castillos. En la época, 1230 habitantes constituían el grupo vecinal. La iniciativa del petitorio correspondió a los Sres. Francisco Silva, Dr. Julio Rodríguez, Juan Lemes y Antonio Falco, propiciada posteriormente por una comisión integrada por los vecinos Antonio Falco, Presidente; Francisco Silva, vicepresidente, propietario en la época del campo que fuera de Formoso; Juan J. Lemes y Pedro Amonte (hijo), secretarios; Emilio Taravadosso de Thoet, Eloy Pimienta, Orosmán de los Santos, Alfredo S: Vigliola, Juan Ferrer y Durall, Pedro Ferrer, Máximo Julio Rodríguez, Faustino Demetrio Quintán, Ceferino Gaudencio Mendoza, Juan Pío Acosta, José Juani y Tomás Silva Ledesma.
La primera comisión auxiliar quedó instalada el 14 de mayo de 1875, integrándola los Sres. Ramón Sayavedra, Gabino Ubal, Pedro de los Ríos, Pedro Amonte y Juan de Souza Pinto, y presidiéndola el primero de los nombrados; la primera iglesia se inauguró el 7 de marzo de ese mismo año, aún cuando el primer bautismo tuvo lugar el 21 de febrero; su primer maestro fue Don Maximino López, quien renunciara a su cargo en agosto de 1873, subrogándolo interinamente Francisco Antonio Gómez –tradicionalmente se afirma que el primer maestro fue el español Manuel Macías y Durán por iniciativa y “casi exclusivo costeamiento” del vecino Don Pedro Amonte-; la primera preceptora de la escuela de niñas fue desde julio de 1874, Doña Juana Moya y Fariña y en octubre de 1880 se inauguró la biblioteca Municipal, por iniciativa de D. Pedro Amonte, figura de ejemplares esfuerzos en pro del progreso lugareño.
Por ley del 5 de noviembre de 1952, Castillos fue elevada a la categoría de ciudad. Hoy, recién celebrados sus primeros cien años de existencia, aspira a ocupar un lugar propio, singular, en el concierto de los pueblos esteños. La llave de ese destino quizá la haya brindado el presidente de la Comisión Pro-Centenario, Esc. Uriarte, cuando al alborear el 16 de junio, luego de izado el Pabellón Nacional bajo salva de bombas y repiques de campanas, dirigiéndose a un grupo de vecinos, les dijera: “No se olviden que hoy es un día laborable”.
Esa llave es el tesonero, infatigable e ininterrumpido esfuerzo de sus hijos.
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